Imposición de manos
Ministerio espiritual del médico—"La obra del verdadero médico misionero es mayormente una obra de carácter espiritual. Incluye la oración y la imposición de manos; por lo tanto debiera separárselo para esta obra con la misma piedad con que se separa al ministro del Evangelio. Los que son elegidos para desempeñarse como médicos misioneros deben ser separados como tales. Esto los fortalecerá contra la tentación a apartarse de la obra en el sanatorio para dedicarse a la práctica privada. No debiera permitirse que ningún motivo egoísta aparte al obrero de su puesto del deber. Vivimos en un tiempo de responsabilidad solemne, un tiempo cuando hay que realizar una obra consagrada. Busquemos al Señor con diligencia y entendimiento".—Manuscrito 5, 1908. Ev, 397.
"Es una injusticia no pagar a las mujeres por su fiel trabajo—Está bien que los ministros sean pagados por su obra. Y si el Señor llama a la esposa tanto como al esposo a llevar la carga y a dedicar tiempo y energías a visitar las familias y abrir las Escrituras con ellas, aunque la esposa no haya sido ordenada por la imposición de manos, cumple una tarea ministerial. ¿Acaso sus labores no cuentan para nada, y el salario de su esposo debería ser el mismo que el de otro siervo de Dios cuya esposa no se dedica a la obra sino al cuidado de su familia?" HD, 108.
“Se acuerda que las damas que posean las calificaciones necesarias para llenar ese cargo puedan, con perfecta propiedad, ser separadas por ordenación para la obra del ministerio cristiano. Este tema fue discutido por J. O. Corliss, A. C. Bourdeau, E. R. Jones, D. H. Lamson, W. H. Littlejohn, A. S. Hutchins, D. M. Canright, y J. N. Loughborough, y derivado a la Junta de la Asociación General”.—The Review and Herald, 20 de diciembre de 1881. HD 247.3
Elena G. de White no asistió al Congreso de la Asociación General de 1881. Su esposo había muerto el 6 de agosto de ese año, y dos semanas después ella salió de Battle Creek rumbo a California. No regresó a Míchigan hasta agosto de 1883. HD 248.1
2. Durante muchos años, Elena G. de White recibió una credencial ministerial* por parte de la Asociación de Míchigan, y posteriormente por parte de la Asociación General. Sin embargo, nunca fue ordenada por la imposición de manos humanas, ni realizó bautismos, casamientos o la organización de iglesias. HD 248.2
3. En 1895, Elena G. de White recomendó la ordenación de mujeres que se dedicaran al tipo de trabajo que realizan las diaconisas: HD 248.3
“Aquellas damas que tienen voluntad de consagrar algo de su tiempo para el servicio a Dios, debieran ser elegidas para visitar a los enfermos, atender a los jóvenes y ministrar a los pobres. Debieran ser separadas para esta tarea por la oración y la imposición de manos. En algunos casos necesitarán el consejo de los dirigentes de la iglesia o del pastor. Pero si son mujeres consagradas que mantienen una comunión vital con Dios, serán un poder para el bien de la iglesia. Este es otro medio para fortalecer y hacer crecer la iglesia”.—The Review and Herald, 9 de julio de 1895. HD 248.4
Varias mujeres fueron ordenadas como diaconisas durante el tiempo del ministerio de Elena G. de White en Australia. El 10 de agosto de 1895, la comisión de nombramientos de la Iglesia de Ashfield en Sídney, presentó un informe que fue aprobado. Las actas del secretario declaraban: “Inmediatamente después de la elección, los nuevos dirigentes fueron llamados a la plataforma, y los pastores Corliss y McCullagh apartaron al anciano, los diáconos y las diaconisas por la oración y la imposición de manos”". HD, 248.
"“Domingo 12 de marzo de 1916.
Sr. Clarence Crisler, Sanatorio, California.
Apreciado Hno. Crisler, HD 252.3
Quisiera que me enviase información acerca de un artículo escrito por Elena G. de White en la The Review and Herald, en la década de 1890, probablemente en 1892 o 1893, en el que habla de apartar, por la oración y la imposición de manos, a algunas mujeres que pueden dedicar parte de su tiempo a la obra misionera. HD 252.4
La razón por la que le pido esta información es porque en una reunión reciente, el pastor Andross apartó a algunas mujeres por la imposición de manos, y cuando le pregunté con qué autoridad lo hacía, me refirió a usted. Yo he sido instructora bíblica durante varios años, y recientemente he recibido una credencial ministerial; por eso deseo tener esa información". HD, 252.
Los siete elegidos fueron solemnemente separados para el cumplimiento de sus deberes mediante la oración y la imposición de manos. Los que fueron así ordenados no quedaron excluidos por ello de la enseñanza de la fe. Por el contrario, se nos dice que “Esteban, lleno de gracia y de poder, hacía grandes prodigios y señales entre el pueblo”. Estaban plenamente capacitados para dar instrucción con respecto a la verdad. Eran también hombres de juicio sereno y discreción, bien calculados para tratar casos difíciles de pruebas, murmuraciones o celos. HR, 271.
ORDENACIÓN DE PABLO Y BERNABÉ
"Dios se puso en contacto con los devotos profetas y maestros de la iglesia de Antioquía. “Ministrando éstos al Señor, y ayunando, dijo el Espíritu Santo: Apartadme a Bernabé y a Saulo para la obra a que los he llamado”. Estos apóstoles fueron dedicados a Dios entonces con la mayor solemnidad, con ayuno y oración, y con la imposición de manos, y fueron enviados a su campo de labor entre los gentiles. HR 317.2
Tanto Pablo como Bernabé habían estado trabajando como ministros de Cristo, y el Señor había bendecido abundantemente sus esfuerzos, pero ninguno de ellos había sido ordenado formalmente para el ministerio evangélico por medio de la oración y la imposición de manos. Fueron autorizados entonces por la iglesia no solamente para enseñar la verdad sino para bautizar y organizar iglesias, investidos, pues, de plena autoridad eclesiástica. Este fue un acontecimiento importante para la iglesia. Aunque la pared medianera que separaba a los judíos de los gentiles había sido derribada por la muerte de Cristo, permitiendo que éstos gozaran plenamente de los privilegios del Evangelio, todavía no había caído la venda que cubría los ojos de muchos de los creyentes judíos, y aún no podían distinguir con claridad la caducidad de lo que había sido abolido por el Hijo de Dios. La obra debía proseguir entonces con vigor entre los gentiles, y debía dar como resultado el fortalecimiento de la iglesia para una gran afluencia de almas. HR 317.3
Los apóstoles, al desempeñar esta tarea especial, iban a quedar expuestos a la sospecha, el prejuicio y los celos. Como consecuencia natural de su apartamiento del exclusivismo judío, su doctrina y sus opiniones podían ser tildadas de herejía, y sus credenciales de ministros del Evangelio serían puestas en tela de juicio por muchos celosos creyentes judíos. Dios previó todas las dificultades que iban a enfrentar sus siervos, y en su sabia providencia permitió que fueran investidos de autoridad incuestionable por parte de la iglesia establecida de Dios, para que su obra estuviera por encima de toda discusión. HR 318.1
La ordenación mediante la imposición de manos fue sometida a mucho abuso en épocas posteriores; se asignó una importancia infundada al acto, como si algún poder especial descendiera sobre los que recibían la ordenación de ese modo, calificándolos inmediatamente para cualquiera y toda tarea ministerial; como si residiera alguna virtud en el acto de imponer las manos. En la historia de estos dos apóstoles tenemos un simple relato de la imposición de manos y de sus consecuencias sobre su obra. Tanto Pablo como Bernabé ya habían recibido su comisión de Dios mismo; y la ceremonia de la imposición de manos no les daba ninguna nueva gracia o virtud. Únicamente aplicaba el sello de la iglesia a la obra de Dios, como una manera de reconocer su designación para un oficio ya señalado".
"La iglesia cristiana estaba entrando entonces en una era importante. La obra de proclamar el mensaje evangélico a los genti- les había de proseguirse ahora con vigor; y como resultado la iglesia iba a ser fortalecida por una gran cosecha de almas. Los apóstoles que habían sido designados para dirigir esta obra iban a exponerse a la suspicacia, los prejuicios y los celos. Sus enseñanzas concernien- tes al derribamiento de “la pared intermedia de separación” (Efesios 2:14), que tanto tiempo había separado al mundo judío del gentil, iba a hacerlos objeto naturalmente de la acusación de herejía; y su autoridad como ministros del Evangelio iba a ser puesta en duda por muchos celosos creyentes judíos. Dios previó las dificultades que sus siervos estarían llamados a afrontar; y a fin de que su trabajo pudiera estar por encima de toda crítica, indicó a la iglesia por revelación que los apartara públicamente para la obra del ministerio. Su ordenación fue un reconocimiento público de su elección divina para llevar a los gentiles las alegres nuevas del Evangelio". Mpa, 46.—Los Hechos de los Apóstoles, 130, 131
"Por la imposición de manos, la iglesia autoriza a los ministros para enseñar, bautizar y organizar iglesias—“Había en la iglesia que estaba en Antioquía, profetas y doctores: Bernabé y Simón, el que se llamaba Niger, y Lucio Cireneo, y Manahén, ... y Saulo. Ministrando pues éstos al Señor, y ayunando, dijo el Espíritu Santo: Apartadme a Bernabé y a Saulo para la obra para la cual los he llamado”. Hechos 13:1, 2. Antes de ser enviados como misioneros al mundo pagano, estos apóstoles fueron dedicados solemnemente a Dios con ayuno y oración por la imposición de las manos. Así fueron autorizados por la iglesia, no solamente para enseñar la verdad, sino para cumplir el rito del bautismo, y para organizar iglesias, siendo investidos con plena autoridad eclesiástica.—Obreros Evangélicos, 456. MPa 46.2
Antes de la ordenación, debe haber evidencia de que están dedicados a la obra—Debe haber evidencia por parte de los que asumen la solemne posición de pastores de la que están investidos, que se han dedicado sin reserva a la obra. Deben tomar a Cristo como su Salvador personal. ... Por imposición de manos se ordena para el ministerio a hombres que no han sido cabalmente examinados con respecto a sus calificaciones para la obra sagrada; pero ¡cuánto mejor sería examinarlos minuciosamente antes de aceptarlos como ministros, que tener que realizar ese examen tan rígido después que han sido confirmados en su cargo y han puesto su molde sobre la obra!—Testimonios para los Ministros, 171, 172." MP, 46.
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